lunes, 7 de diciembre de 2009
UNA JORNADA EN FAVOR DE LA ÉTICA PÚBLICA: CONMEMORACIÓN DEL DÍA INTERNACIONAL CONTRA LA CORRUPCIÓN.
Mañana miércoles día 9 de diciembre, la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa realizará un acto público con motivo de la celebración del Día Internacional contra la Corrupción, declarado así por las Naciones Unidas tras la aprobación de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción de 2003, ratificada por España en el año 2006.
En dicho acto, que tendrá lugar en Zaragoza, en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales (C/ Gran Vía, 2), a partir de las 19:30 horas, intervendrán Julio Guiral y Félix Gracia, en representación de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, para presentar la campaña pública que la Asociación va a iniciar para reclamar una estrategia ética por parte del conjunto de las instituciones públicas, en el marco de las previsiones establecidas por la Convención de Naciones Unidas.
El acto servirá para recordar el papel decisivo que corresponde a los servidores públicos y al conjunto de los ciudadanos en la prevención y lucha contra los fenómenos de corrupción, y los efectos que la corrupción produce en la vida democrática y en la credibilidad de las instituciones públicas, así como la necesidad de que las instituciones públicas se doten de una infraestructura ética para fortalecer la integridad en su funcionamiento y doten a los servidores públicos de instrumentos eficaces para la lucha contra la corrupción en el ejercicio de sus funciones públicas.
Las Naciones Unidas, a través de la Convención contra la Corrupción adoptada en 2003 por su Asamblea General y ratificada por España en 2006, promueven una acción global frente al fenómeno de la corrupción, si bien es responsabilidad de cada Estado impulsar, en su ordenamiento interno, el conjunto de medidas para prevenir y combatir dicha corrupción, ya sea política o económica. Reclamar el desarrollo de tales medidas constituye el objeto central de la campaña que desea promover esta Asociación, campaña a la que pretende incorporar a otras asociaciones de funcionarios públicos y a todo tipo de organizaciones de la sociedad civil y ciudadanos individuales.
Los funcionarios públicos, dado su inequívoco compromiso con el Estado de Derecho y su obligación de servir de forma objetiva al interés general de los ciudadanos, han de asumir un papel activo en la prevención y lucha contra la corrupción, como expresamente se señala en la Convención de Naciones Unidas, para lo cual se hace necesario desarrollar mecanismos que permitan un adecuado ejercicio de tal actuación, reforzándose igualmente los criterios de transparencia y de control ciudadano sobre el correcto ejercicio de las potestades administrativas en los diferentes niveles de gobierno de que se ha dotado constitucionalmente nuestro país, asegurando una similar estrategia en materia de ética pública en cada nivel de gobierno.
La defensa de la legalidad supone un irrenunciable valor para todos aquellos que ejercen su actividad en el ámbito de las instituciones públicas y es la garantía básica de afianzamiento del Estado de Derecho y de la preservación de los valores constitucionales y democráticos, así como un requisito indispensable para mantener e incrementar la confianza de los ciudadanos en las instituciones y en la administración pública.
Por todo ello, la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa desea subrayar la importancia que debe concederse a la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, así como su interés en el desarrollo, en el ámbito de las administraciones públicas españolas, del conjunto de medidas y previsiones que dicha Convención contiene para fortalecer la transparencia y la integridad en la actividad del sector público.
En dicho acto, que tendrá lugar en Zaragoza, en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales (C/ Gran Vía, 2), a partir de las 19:30 horas, intervendrán Julio Guiral y Félix Gracia, en representación de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, para presentar la campaña pública que la Asociación va a iniciar para reclamar una estrategia ética por parte del conjunto de las instituciones públicas, en el marco de las previsiones establecidas por la Convención de Naciones Unidas.
El acto servirá para recordar el papel decisivo que corresponde a los servidores públicos y al conjunto de los ciudadanos en la prevención y lucha contra los fenómenos de corrupción, y los efectos que la corrupción produce en la vida democrática y en la credibilidad de las instituciones públicas, así como la necesidad de que las instituciones públicas se doten de una infraestructura ética para fortalecer la integridad en su funcionamiento y doten a los servidores públicos de instrumentos eficaces para la lucha contra la corrupción en el ejercicio de sus funciones públicas.
Las Naciones Unidas, a través de la Convención contra la Corrupción adoptada en 2003 por su Asamblea General y ratificada por España en 2006, promueven una acción global frente al fenómeno de la corrupción, si bien es responsabilidad de cada Estado impulsar, en su ordenamiento interno, el conjunto de medidas para prevenir y combatir dicha corrupción, ya sea política o económica. Reclamar el desarrollo de tales medidas constituye el objeto central de la campaña que desea promover esta Asociación, campaña a la que pretende incorporar a otras asociaciones de funcionarios públicos y a todo tipo de organizaciones de la sociedad civil y ciudadanos individuales.
Los funcionarios públicos, dado su inequívoco compromiso con el Estado de Derecho y su obligación de servir de forma objetiva al interés general de los ciudadanos, han de asumir un papel activo en la prevención y lucha contra la corrupción, como expresamente se señala en la Convención de Naciones Unidas, para lo cual se hace necesario desarrollar mecanismos que permitan un adecuado ejercicio de tal actuación, reforzándose igualmente los criterios de transparencia y de control ciudadano sobre el correcto ejercicio de las potestades administrativas en los diferentes niveles de gobierno de que se ha dotado constitucionalmente nuestro país, asegurando una similar estrategia en materia de ética pública en cada nivel de gobierno.
La defensa de la legalidad supone un irrenunciable valor para todos aquellos que ejercen su actividad en el ámbito de las instituciones públicas y es la garantía básica de afianzamiento del Estado de Derecho y de la preservación de los valores constitucionales y democráticos, así como un requisito indispensable para mantener e incrementar la confianza de los ciudadanos en las instituciones y en la administración pública.
Por todo ello, la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa desea subrayar la importancia que debe concederse a la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, así como su interés en el desarrollo, en el ámbito de las administraciones públicas españolas, del conjunto de medidas y previsiones que dicha Convención contiene para fortalecer la transparencia y la integridad en la actividad del sector público.
miércoles, 23 de septiembre de 2009
EL COLOR DE LA CORRUPCIÓN.
Es clásica, a la hora de hablar de la corrupción y de su distinta percepción social, la diferenciación entre corrupción negra, gris y blanca, atendiendo al grado de rechazo o tolerancia que reciben determinadas conductas. La corrupción negra sería la que obtiene el repudio de toda la sociedad, la gris sólo de una parte de los ciudadanos y la blanca es la generalmente admitida o consentida.
También es clásica la idea de que la evolución saludable de una sociedad en materia de ética pública implica un creciente rechazo de los diferentes supuestos de corrupción: de ese modo, la corrupción gris pasa a considerarse negra y la blanca pasa a gris, elevándose con ello de forma gradual el nivel de exigencia ética de los ciudadanos y de las instituciones. Así ha sucedido, por ejemplo, en el tema del fraude fiscal, aunque ahora se perciba algún signo de retroceso.
Lo lógico es que la corrupción negra figure en las normas penales como delito, al reflejar la conciencia social de su condena y valorarse como un grave daño a los principios que rigen la vida en común. Pero no sólo las normas penales sirven como instrumento para proteger los principios de la vida pública. También hay otras normas o instrumentos que contribuyen a ello, aunque no tengan carácter represor como el Código Penal sino que se limitan a prevenir posibles conductas inadecuadas y fomentar la ética pública.
Entre tales instrumentos de prevención se encuentran, por ejemplo, las normas de conflictos de intereses de altos cargos, para evitar el riesgo e incluso la simple duda de que las funciones públicas puedan ponerse al servicio de intereses privados. O los códigos de buen gobierno o de buena conducta administrativa, para recordar a unos y otros de forma constante cuáles son los criterios de actuación que corresponde respetar cuando se dirige o trabaja en una institución.
Pues bien, los colores pueden cambiar su tono en una dirección, pero también en la contraria. Por ello, debemos preguntarnos qué sucede en una sociedad que llega a ver normal que las leyes no se respeten por quienes gobiernan los intereses públicos -¿se abre acaso con ello la veda para el incumplimiento general?- o que las responsabilidades públicas puedan ejercerse para favorecer intereses privados, defraudando el interés general con ello e incurriendo en abuso de poder.
¿Hacia qué sociedad se avanza cuando el nivel de exigencia ética cede, y los medios de comunicación no denuncian los abusos del poder político, las ilegalidades en que incurren quienes administran los intereses generales, las vulneraciones de los derechos de los ciudadanos que se cometen? ¿O cuando tales cosas se disculpan por los funcionarios públicos, a pesar de ser los encargados de velar por el respeto de la legalidad? ¿O cuando no se corrigen convenientemente por los titulares del Poder Judicial? ¿O cuando los ciudadanos los contemplan con indiferencia, hastío o resignación?
Por el color de la corrupción, sabremos mucho sobre el estado de una sociedad y el porvenir que cabe esperar para ella. Esta Asociación, con su actividad, trata de reaccionar frente a un sentimiento generalizado de fatalismo en el conjunto de la función pública, frente a la creencia de que es imposible cualquier proyecto de rearme moral de las instituciones, cualquier iniciativa que trate de devolver a cada cosa su color.
También es clásica la idea de que la evolución saludable de una sociedad en materia de ética pública implica un creciente rechazo de los diferentes supuestos de corrupción: de ese modo, la corrupción gris pasa a considerarse negra y la blanca pasa a gris, elevándose con ello de forma gradual el nivel de exigencia ética de los ciudadanos y de las instituciones. Así ha sucedido, por ejemplo, en el tema del fraude fiscal, aunque ahora se perciba algún signo de retroceso.
Lo lógico es que la corrupción negra figure en las normas penales como delito, al reflejar la conciencia social de su condena y valorarse como un grave daño a los principios que rigen la vida en común. Pero no sólo las normas penales sirven como instrumento para proteger los principios de la vida pública. También hay otras normas o instrumentos que contribuyen a ello, aunque no tengan carácter represor como el Código Penal sino que se limitan a prevenir posibles conductas inadecuadas y fomentar la ética pública.
Entre tales instrumentos de prevención se encuentran, por ejemplo, las normas de conflictos de intereses de altos cargos, para evitar el riesgo e incluso la simple duda de que las funciones públicas puedan ponerse al servicio de intereses privados. O los códigos de buen gobierno o de buena conducta administrativa, para recordar a unos y otros de forma constante cuáles son los criterios de actuación que corresponde respetar cuando se dirige o trabaja en una institución.
Pues bien, los colores pueden cambiar su tono en una dirección, pero también en la contraria. Por ello, debemos preguntarnos qué sucede en una sociedad que llega a ver normal que las leyes no se respeten por quienes gobiernan los intereses públicos -¿se abre acaso con ello la veda para el incumplimiento general?- o que las responsabilidades públicas puedan ejercerse para favorecer intereses privados, defraudando el interés general con ello e incurriendo en abuso de poder.
¿Hacia qué sociedad se avanza cuando el nivel de exigencia ética cede, y los medios de comunicación no denuncian los abusos del poder político, las ilegalidades en que incurren quienes administran los intereses generales, las vulneraciones de los derechos de los ciudadanos que se cometen? ¿O cuando tales cosas se disculpan por los funcionarios públicos, a pesar de ser los encargados de velar por el respeto de la legalidad? ¿O cuando no se corrigen convenientemente por los titulares del Poder Judicial? ¿O cuando los ciudadanos los contemplan con indiferencia, hastío o resignación?
Por el color de la corrupción, sabremos mucho sobre el estado de una sociedad y el porvenir que cabe esperar para ella. Esta Asociación, con su actividad, trata de reaccionar frente a un sentimiento generalizado de fatalismo en el conjunto de la función pública, frente a la creencia de que es imposible cualquier proyecto de rearme moral de las instituciones, cualquier iniciativa que trate de devolver a cada cosa su color.
jueves, 3 de septiembre de 2009
DIA INTERNACIONAL CONTRA LA CORRUPCIÓN: UNA FECHA PARA CONOCER Y DIVULGAR LA CONVENCIÓN DE NACIONES UNIDAS CONTRA LA CORRUPCIÓN.
Prevenir la posible corrupción en el seno de las instituciones públicas, así como eliminar toda práctica corrupta que pueda existir en ellas, constituyen actuaciones necesarias para asegurar el buen funcionamiento del Estado de Derecho y la efectiva vigencia de los valores democráticos.
El deseable avance en los objetivos de buen gobierno y buena administración no puede ignorar la permanente amenaza que para tales objetivos constituyen los fenómenos de corrupción, tanto en la esfera pública como privada, y de ahí la necesidad de impulsar y reforzar programas y medidas de ética pública y de promover una vigorosa ética cívica que, juntas, favorezcan el correcto funcionamiento del sistema democrático.
El fenómeno de la corrupción ha experimentado un proceso de progresiva internacionalización, como lógica consecuencia de la globalización económica y de la creciente interdependencia de las políticas de los estados. Por ello, se hace necesario igualmente afrontar dicho fenómeno desde una óptica global, ya sea mediante la cooperación internacional, como viene haciéndose en el ámbito de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), la Organización de Estados Americanos (OEA) o la Unión Europea (UE), o a través de organizaciones no gubernamentales de ámbito internacional, cuyo principal exponente es la organización Transparencia Internacional, creada en el año 1993, bajo el lema "coalición global contra la corrupción", y cuyos informes anuales sobre el índice de corrupción de los diferentes Estados gozan cada día de mayor influencia.
Dicho proceso de internacionalización de la estrategia contra la corrupción ha culminado con la aprobación por la ONU de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, aprobada en octubre de 2003 y ratificada por España en el año 2006.
El día 9 de diciembre ha sido instituido por Naciones Unidas como Día Internacional contra la Corrupción. Tal jornada constituye una ocasión muy adecuada, y no debe ser desaprovechada, para promover el conocimiento y la difusión de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción entre los ciudadanos aragoneses y, en especial, entre los servidores públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, al considerar que la finalidad y medidas de la Convención guardan una directa relación con los objetivos y principios de esta Asociación, como son la defensa de la legalidad y de la ética pública en el ejercicio de la función pública.
CONVENCIÓN DE NACIONES UNIDAS CONTRA LA CORRUPCIÓN: MEDIDAS PARA PREVENIR Y COMBATIR LA CORRUPCIÓN.
La Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción expresa, en su preámbulo, la preocupación por la gravedad de los problemas y las amenazas que plantea la corrupción para la estabilidad y la seguridad de las sociedades, al socavar las instituciones y los valores de la democracia, la ética y la justicia y al comprometer el desarrollo sostenible y el imperio de la ley.
La corrupción constituye un fenómeno transnacional que hace necesaria la cooperación internacional para prevenirla y luchar contra ella, desde un enfoque amplio y multidisciplinar, en el que participen los Estados y la sociedad civil, fomentando una cultura de rechazo de la corrupción.
Entre las finalidades de la Convención, junto a la promoción y fortalecimiento de las medidas para prevenir y combatir la corrupción, figuran la promoción de la integridad, la obligación de rendir cuentas y la debida gestión de los asuntos y bienes públicos, para lo cual se señala que cada Estado formulará y aplicará políticas coordinadas y eficaces contra la corrupción que promuevan la participación de la sociedad y reflejen los principios del imperio de la ley, la debida gestión de los asuntos públicos y bienes públicos, la integridad, la transparencia y la obligación de rendir cuentas. Cada Estado deberá garantizar la existencia de un órgano encargado de prevenir la corrupción.
Dentro del sector público, corresponderá a cada Estado: adoptar sistemas de convocatoria, contratación, retención, promoción y jubilación de empleados públicos, basados en principios de eficiencia y transparencia y en criterios objetivos de mérito; promover la integridad, la honestidad y la responsabilidad entre los funcionarios públicos, aplicando códigos o normas de conducta para el correcto cumplimiento de sus funciones; establecer medidas y sistemas para facilitar que los funcionarios públicos denuncien todo acto de corrupción a las autoridades competentes cuando tengan conocimiento de ello en el ejercicio de sus funciones; establecer sistemas apropiados de contratación pública, basados en la transparencia, la competencia y criterios objetivos de adopción de decisiones; aumentar la transparencia en la organización y funcionamiento de la administración pública y en sus procesos de adopción de decisiones; y promover la participación de personas, grupos y organizaciones de la sociedad civil en la prevención y lucha contra la corrupción, para fomentar la intransigencia contra ella.
CONCLUSIÓN.
El abanico de medidas que contempla la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción abre un amplio campo para la labor de los funcionarios públicos y de los ciudadanos en la prevención y lucha contra la corrupción, y la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa debería, en colaboración con otras organizaciones cívicas y asociaciones de empleados públicos, reclamar de los poderes públicos del Estado y de la Comunidad Autónoma de Aragón el desarrollo de una amplia estrategia de ética pública y medidas anticorrupción, para llevar a efecto los compromisos adquiridos por el Estado español al ratificar la citada Convención, entendiendo que dicha estrategia debe englobar a todas las Administraciones Públicas, incluyendo necesariamente las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las de las Entidades Locales.
Hay tiempo suficiente para preparar la campaña necesaria para conmemorar de forma activa el Día Internacional contra la Corrupción el próximo mes de diciembre.
El deseable avance en los objetivos de buen gobierno y buena administración no puede ignorar la permanente amenaza que para tales objetivos constituyen los fenómenos de corrupción, tanto en la esfera pública como privada, y de ahí la necesidad de impulsar y reforzar programas y medidas de ética pública y de promover una vigorosa ética cívica que, juntas, favorezcan el correcto funcionamiento del sistema democrático.
El fenómeno de la corrupción ha experimentado un proceso de progresiva internacionalización, como lógica consecuencia de la globalización económica y de la creciente interdependencia de las políticas de los estados. Por ello, se hace necesario igualmente afrontar dicho fenómeno desde una óptica global, ya sea mediante la cooperación internacional, como viene haciéndose en el ámbito de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), la Organización de Estados Americanos (OEA) o la Unión Europea (UE), o a través de organizaciones no gubernamentales de ámbito internacional, cuyo principal exponente es la organización Transparencia Internacional, creada en el año 1993, bajo el lema "coalición global contra la corrupción", y cuyos informes anuales sobre el índice de corrupción de los diferentes Estados gozan cada día de mayor influencia.
Dicho proceso de internacionalización de la estrategia contra la corrupción ha culminado con la aprobación por la ONU de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, aprobada en octubre de 2003 y ratificada por España en el año 2006.
El día 9 de diciembre ha sido instituido por Naciones Unidas como Día Internacional contra la Corrupción. Tal jornada constituye una ocasión muy adecuada, y no debe ser desaprovechada, para promover el conocimiento y la difusión de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción entre los ciudadanos aragoneses y, en especial, entre los servidores públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, al considerar que la finalidad y medidas de la Convención guardan una directa relación con los objetivos y principios de esta Asociación, como son la defensa de la legalidad y de la ética pública en el ejercicio de la función pública.
CONVENCIÓN DE NACIONES UNIDAS CONTRA LA CORRUPCIÓN: MEDIDAS PARA PREVENIR Y COMBATIR LA CORRUPCIÓN.
La Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción expresa, en su preámbulo, la preocupación por la gravedad de los problemas y las amenazas que plantea la corrupción para la estabilidad y la seguridad de las sociedades, al socavar las instituciones y los valores de la democracia, la ética y la justicia y al comprometer el desarrollo sostenible y el imperio de la ley.
La corrupción constituye un fenómeno transnacional que hace necesaria la cooperación internacional para prevenirla y luchar contra ella, desde un enfoque amplio y multidisciplinar, en el que participen los Estados y la sociedad civil, fomentando una cultura de rechazo de la corrupción.
Entre las finalidades de la Convención, junto a la promoción y fortalecimiento de las medidas para prevenir y combatir la corrupción, figuran la promoción de la integridad, la obligación de rendir cuentas y la debida gestión de los asuntos y bienes públicos, para lo cual se señala que cada Estado formulará y aplicará políticas coordinadas y eficaces contra la corrupción que promuevan la participación de la sociedad y reflejen los principios del imperio de la ley, la debida gestión de los asuntos públicos y bienes públicos, la integridad, la transparencia y la obligación de rendir cuentas. Cada Estado deberá garantizar la existencia de un órgano encargado de prevenir la corrupción.
Dentro del sector público, corresponderá a cada Estado: adoptar sistemas de convocatoria, contratación, retención, promoción y jubilación de empleados públicos, basados en principios de eficiencia y transparencia y en criterios objetivos de mérito; promover la integridad, la honestidad y la responsabilidad entre los funcionarios públicos, aplicando códigos o normas de conducta para el correcto cumplimiento de sus funciones; establecer medidas y sistemas para facilitar que los funcionarios públicos denuncien todo acto de corrupción a las autoridades competentes cuando tengan conocimiento de ello en el ejercicio de sus funciones; establecer sistemas apropiados de contratación pública, basados en la transparencia, la competencia y criterios objetivos de adopción de decisiones; aumentar la transparencia en la organización y funcionamiento de la administración pública y en sus procesos de adopción de decisiones; y promover la participación de personas, grupos y organizaciones de la sociedad civil en la prevención y lucha contra la corrupción, para fomentar la intransigencia contra ella.
CONCLUSIÓN.
El abanico de medidas que contempla la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción abre un amplio campo para la labor de los funcionarios públicos y de los ciudadanos en la prevención y lucha contra la corrupción, y la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa debería, en colaboración con otras organizaciones cívicas y asociaciones de empleados públicos, reclamar de los poderes públicos del Estado y de la Comunidad Autónoma de Aragón el desarrollo de una amplia estrategia de ética pública y medidas anticorrupción, para llevar a efecto los compromisos adquiridos por el Estado español al ratificar la citada Convención, entendiendo que dicha estrategia debe englobar a todas las Administraciones Públicas, incluyendo necesariamente las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las de las Entidades Locales.
Hay tiempo suficiente para preparar la campaña necesaria para conmemorar de forma activa el Día Internacional contra la Corrupción el próximo mes de diciembre.
viernes, 16 de noviembre de 2007
ETICA PUBLICA, MORAL PRIVADA Y ETICA ADMINISTRATIVA. UNA APROXIMACION CONCEPTUAL.
Tarea inicial e imprescindible a la hora de aproximarse a las cuestiones de la ética administrativa es la de precisar el alcance del concepto de ética pública, aclarar las relaciones que tal noción guarda con la de moral privada y, finalmente, establecer las posibles conexiones entre la idea de ética pública, predicable del conjunto de ciudadanos o miembros de una determinada sociedad, y la de ética administrativa, en cuanto ética profesional reservada para el conjunto de personas que trabajan al servicio de la Administración Pública.
La ética pública, de acuerdo con la definición avanzada por Manuel Villoria, trata de definir lo que está bien y mal para la colectividad, estableciendo de ese modo un patrón moral básico, exigible y válido para todos los miembros de la sociedad. Conectando con la idea expresada por el profesor Aranguren de moral como carácter (êthos), como personalidad asumida a través de los actos realizados y los hábitos adquiridos, la ética pública supondría, a su vez, un hacerse colectivo, labor compartida por todos los que pertenecen a una concreta sociedad. Con dicho quehacer, la sociedad y los individuos van generando pautas de conducta y un carácter que posibilita un mejor desarrollo de la convivencia y una mayor expansión de la autonomía y de la libertad del ser humano.
La ética pública, en el contexto plural y complejo de las sociedades modernas, sólo puede concebirse como una ética de mínimos, comprensiva de normas o pautas vinculantes para todos y, por ello, susceptibles de imponerse por vía coactiva, con independencia de las diferentes nociones de vida buena que cada cual sostenga. Dado el carácter vinculante y exigible de la misma, ésta ha de fundamentarse en el más amplio consenso de la sociedad, razón por la cual el contenido esencial de toda ética pública se verá expresado o condensado en la norma constitucional por la que se rige la vida de toda comunidad política.
La ética pública, por lo tanto, compendia el conjunto de valores del régimen democrático y su contenido mínimo puede identificarse con los principios o valores superiores proclamados por el ordenamiento constitucional, como son los expresados por la Constitución española en sus artículos 1.1 (libertad, justicia, igualdad y pluralismo político), y 10.1 (“la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social”), así como en el capítulo de derechos fundamentales y libertades públicas enunciados en su Título I, particularmente aquéllos cuyo contenido esencial resulta indisponible por parte del legislador. La configuración de la ética pública en cuanto carácter del sistema político o de la sociedad política que se ha dotado del mismo, según lo indicado, se concretaría en un êthos democrático.
Esa ética pública, compartida necesariamente por todos los miembros de la sociedad, en la medida en que es vinculante y exigible, debe diferenciarse de la moral privada propia de cada persona o ciudadano. La moral privada hace referencia a la concepción de vida buena que cada cual alberga, a la idea de lo que constituye para cada uno la felicidad, en cuanto aspiración última de todas las personas. La moral privada, al contrario que la ética pública, consiste en una ética de máximos, conforme a la cual cada persona se asegura el derecho a perseguir sus propios ideales de perfección y felicidad, siempre que con ello no lesione los derechos de los demás. Los valores de la moral privada que cada cual pueda propugnar pueden ser aconsejados, pero nunca impuestos, pues ello lesionaría el derecho a la libertad personal, a la autodeterminación moral de cada individuo.
La diferenciación entre ética pública y moral privada no permite, sin embargo, presentarlas como dos realidades incomunicadas, ya que la ética pública ha de posibilitar el desarrollo de la moral privada de cada ciudadano y, en la medida en que su formulación es resultado del más amplio consenso social, los valores de la ética pública serán en gran medida los valores compartidos por las diferentes morales privadas, asumidos y reivindicados por ello por el conjunto de los ciudadanos.
Por último, en esta aproximación conceptual hay que referirse a la ética administrativa como realidad diferente a la ética pública, al ser ésta predicable de todos los ciudadanos y del conjunto de las relaciones sociales y políticas, quedando circunscrita, por el contrario, la ética administrativa al ámbito del quehacer profesional de los servidores públicos. La ética administrativa puede concebirse, por ello, como una ética profesional, propia de quienes han hecho de la función pública o del servicio público su actividad profesional. Una ética profesional, como ha destacado la profesora Victoria Camps, requiere siempre poner en valor y dar centralidad al bien social que justifica y da sentido a la propia profesión. Si dicha finalidad social deja de ser la razón de ser del ejercicio profesional, la actividad perderá su sentido y su legitimidad social. Una ética profesional ha de permitir identificar aquellas virtudes profesionales o cualidades adquiridas necesarias para realizar los bienes internos de la práctica profesional.
El conjunto de virtudes o hábitos que conforman la ética administrativa en cuanto ética profesional de los servidores públicos cabría englobarlas bajo el rótulo de êthos burocrático. Ahora bien, la actividad de los servidores públicos, en la medida en que su labor está necesariamente dirigida a la realización y fortalecimiento del sistema democrático y del Estado de Derecho, no puede sino quedar igualmente sometida o imbuida del êthos democrático propio de todos y cada uno de los ciudadanos, asumido en mayor medida incluso en función de la responsabilidad que les corresponde en la garantía de la legalidad y de los derechos de los ciudadanos.
Etica pública y ética administrativa, pese a ser realidades no coincidentes, son ámbitos claramente comunicados e interrelacionados, de modo que uno y otro se reforzarán o delibitarán recíprocamente. Una Administración con una elevada ética profesional por parte de sus funcionarios públicos será un factor positivo para el robustecimiento de la ética pública y para el desarrollo de la confianza de los ciudadanos tanto en sus relaciones con las instituciones públicas como en el conjunto de las relaciones sociales.
La ética pública, de acuerdo con la definición avanzada por Manuel Villoria, trata de definir lo que está bien y mal para la colectividad, estableciendo de ese modo un patrón moral básico, exigible y válido para todos los miembros de la sociedad. Conectando con la idea expresada por el profesor Aranguren de moral como carácter (êthos), como personalidad asumida a través de los actos realizados y los hábitos adquiridos, la ética pública supondría, a su vez, un hacerse colectivo, labor compartida por todos los que pertenecen a una concreta sociedad. Con dicho quehacer, la sociedad y los individuos van generando pautas de conducta y un carácter que posibilita un mejor desarrollo de la convivencia y una mayor expansión de la autonomía y de la libertad del ser humano.
La ética pública, en el contexto plural y complejo de las sociedades modernas, sólo puede concebirse como una ética de mínimos, comprensiva de normas o pautas vinculantes para todos y, por ello, susceptibles de imponerse por vía coactiva, con independencia de las diferentes nociones de vida buena que cada cual sostenga. Dado el carácter vinculante y exigible de la misma, ésta ha de fundamentarse en el más amplio consenso de la sociedad, razón por la cual el contenido esencial de toda ética pública se verá expresado o condensado en la norma constitucional por la que se rige la vida de toda comunidad política.
La ética pública, por lo tanto, compendia el conjunto de valores del régimen democrático y su contenido mínimo puede identificarse con los principios o valores superiores proclamados por el ordenamiento constitucional, como son los expresados por la Constitución española en sus artículos 1.1 (libertad, justicia, igualdad y pluralismo político), y 10.1 (“la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social”), así como en el capítulo de derechos fundamentales y libertades públicas enunciados en su Título I, particularmente aquéllos cuyo contenido esencial resulta indisponible por parte del legislador. La configuración de la ética pública en cuanto carácter del sistema político o de la sociedad política que se ha dotado del mismo, según lo indicado, se concretaría en un êthos democrático.
Esa ética pública, compartida necesariamente por todos los miembros de la sociedad, en la medida en que es vinculante y exigible, debe diferenciarse de la moral privada propia de cada persona o ciudadano. La moral privada hace referencia a la concepción de vida buena que cada cual alberga, a la idea de lo que constituye para cada uno la felicidad, en cuanto aspiración última de todas las personas. La moral privada, al contrario que la ética pública, consiste en una ética de máximos, conforme a la cual cada persona se asegura el derecho a perseguir sus propios ideales de perfección y felicidad, siempre que con ello no lesione los derechos de los demás. Los valores de la moral privada que cada cual pueda propugnar pueden ser aconsejados, pero nunca impuestos, pues ello lesionaría el derecho a la libertad personal, a la autodeterminación moral de cada individuo.
La diferenciación entre ética pública y moral privada no permite, sin embargo, presentarlas como dos realidades incomunicadas, ya que la ética pública ha de posibilitar el desarrollo de la moral privada de cada ciudadano y, en la medida en que su formulación es resultado del más amplio consenso social, los valores de la ética pública serán en gran medida los valores compartidos por las diferentes morales privadas, asumidos y reivindicados por ello por el conjunto de los ciudadanos.
Por último, en esta aproximación conceptual hay que referirse a la ética administrativa como realidad diferente a la ética pública, al ser ésta predicable de todos los ciudadanos y del conjunto de las relaciones sociales y políticas, quedando circunscrita, por el contrario, la ética administrativa al ámbito del quehacer profesional de los servidores públicos. La ética administrativa puede concebirse, por ello, como una ética profesional, propia de quienes han hecho de la función pública o del servicio público su actividad profesional. Una ética profesional, como ha destacado la profesora Victoria Camps, requiere siempre poner en valor y dar centralidad al bien social que justifica y da sentido a la propia profesión. Si dicha finalidad social deja de ser la razón de ser del ejercicio profesional, la actividad perderá su sentido y su legitimidad social. Una ética profesional ha de permitir identificar aquellas virtudes profesionales o cualidades adquiridas necesarias para realizar los bienes internos de la práctica profesional.
El conjunto de virtudes o hábitos que conforman la ética administrativa en cuanto ética profesional de los servidores públicos cabría englobarlas bajo el rótulo de êthos burocrático. Ahora bien, la actividad de los servidores públicos, en la medida en que su labor está necesariamente dirigida a la realización y fortalecimiento del sistema democrático y del Estado de Derecho, no puede sino quedar igualmente sometida o imbuida del êthos democrático propio de todos y cada uno de los ciudadanos, asumido en mayor medida incluso en función de la responsabilidad que les corresponde en la garantía de la legalidad y de los derechos de los ciudadanos.
Etica pública y ética administrativa, pese a ser realidades no coincidentes, son ámbitos claramente comunicados e interrelacionados, de modo que uno y otro se reforzarán o delibitarán recíprocamente. Una Administración con una elevada ética profesional por parte de sus funcionarios públicos será un factor positivo para el robustecimiento de la ética pública y para el desarrollo de la confianza de los ciudadanos tanto en sus relaciones con las instituciones públicas como en el conjunto de las relaciones sociales.
viernes, 15 de junio de 2007
APERTURA DEL BLOG TEMATICO DEL GRUPO DE TRABAJO DE ETICA PUBLICA: PALABRAS DE BIENVENIDA.
Al cumplirse los cuatro meses de vida de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa, constituida el 14 de febrero de 2007, podemos afirmar, con cierta satisfacción, que el camino recorrido en este tiempo no ha sido poco, si bien queda mucho por andar, muchísimo por hacer. El velar por la defensa de los valores y principios del ejercicio de la función pública es y será un quehacer permanente e incluso, sin ningún tipo de hipérbole, podríamos asegurar que se trata de una tarea infinita, inacabable, porque es un horizonte constante hacia el cual avanzar y en el cual no podremos instalarnos nunca como realidad cumplida y acabada.
La ética es esta tensión hacia lo mejor -una actitud, una disposición-, y nunca un dogmatismo del que se cree en posesión de la verdad o de la virtud.
La necesidad de una ética pública en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón es apremiante, dada la degradación imparable en la que se encuentra nuestro actual entorno profesional, donde las opiniones se silencian, las leyes se desconocen y se intenta tejer, desde el poder político, una red creciente de complicidades y conveniencias, de comodidades y desistimientos, de autoengaños y de complacencias.
Desde este blog, herramienta de trabajo de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa y foro de discusión libre, queremos promover una reflexión colectiva sobre los compromisos ineludibles de cada funcionario público con la realización diaria del Estado de Derecho y con la prevención de todo fenómeno posible de corrupción política o administrativa.
Pero esta Asociación no se contenta, a diferencia de otras organizaciones, con ser un mero foro de debate teórico, sino que aspira a incidir en la realidad, con un rearme moral de los funcionarios y demás empleados públicos de la Administración autonómica, con una reivindicación práctica y cotidiana de los compromisos personales y colectivos con la legalidad y el interés general que requiere la condición de funcionario público y con una actitud de intransigencia frente a las diferentes manifestaciones de la corrupción pública o institucional.
Los funcionarios públicos, con nuestra profesionalidad y compromiso ético, debemos constituir el sistema inmunológico esencial de las instituciones públicas frente a toda tentación de abuso de poder o de patrimonialización ilegítima de lo público, sea quien sea quien la pretenda.
Este Grupo de Trabajo, gracias a la labor de todos sus integrantes y de los que deseen colaborar con el mismo, aspira a introducir en la Administración autonómica la variable de la exigencia ética –evitando que ésta quede reducida a un simple elemento más en la retórica de nuestros responsables políticos- y aspira a posibilitar que dicha exigencia vaya transformando paulatinamente la realidad que vivimos en la actualidad, en la que no es posible reconocer la Administración profesional, madura y presidida por principios democráticos y valores constitucionales a la que muchos aspiramos servir.
Bienvenidos, por lo tanto, a ese blog asociativo, desde el cual los funcionarios de Aragón nos abrimos a todos los que, en el mundo, muchos en situaciones más difíciles y precarias que nosotros, trabajan por la dignidad del servicio público y asumen riesgos personales frente a las tramas de la corrupción nacional e internacional.
En este momento en que iniciamos la andadura del Grupo de Trabajo de Etica Pública, desearía recuperar la idea original que animó la constitución de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa: el “giro ético”. Por ello, como primer texto para acompañar esta reflexión personal, me parecía oportuno reproducir el artículo publicado en la prensa aragonesa para exponer la necesidad de promover una Asociación como la que entre todos hemos hecho realidad en estos cuatro meses.
Félix Gracia
Coordinador del Grupo de Trabajo de Etica Pública.
GIRO ETICO EN LA ADMINISTRACION.
(Artículo publicado en Tribuna ajena de "Heraldo de Aragón el 23 de febrero de 2007)
Un colectivo de funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, reunidos en la sede del Colegio de Abogados de Zaragoza, hemos constituido la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa. Su objetivo principal es "la defensa y promoción de los valores, principios y normas que rigen el ejercicio de la función pública en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, con el fin de contribuir al correcto funcionamiento del Estado social y democrático de Derecho y del Estado autonómico que definen la Constitución española y el Estatuto de Autonomía de Aragón".
La Asociación pretende que la Administración cumpla la misión que constitucionalmente le corresponde: la defensa y satisfacción del interés general, el aseguramiento del Estado de Derecho y la plena realización de los derechos y libertades de los ciudadanos, contribuyendo a hacer cada día más eficientes nuestros servicios públicos y, con ello, más sólido nuestro sistema democrático y más fuerte la cohesión social sobre la que se sustenta.
¿Por qué una Asociación de este tipo y por qué en este momento? Tras casi 30 años de Constitución democrática en España y cerca de 25 años de Estatuto de Autonomía en Aragón, el peso adquirido por la Administración de la Comunidad Autónoma como prestadora de servicios esenciales para el bienestar de la población aragonesa es innegable. Cerca de cuarenta mil servidores públicos trabajan en sus diferentes Departamentos y Organismos, en las actividades más diversas. Sin embargo, y pese a la importancia que su buen funcionamiento tiene para la calidad de vida de todos los aragoneses, creemos que su situación y su futuro no constituyen ni una prioridad política ni una cuestión de preocupación ciudadana acorde con la incidencia que le corresponde en la vida colectiva y particular de los aragoneses.
Pensamos que en la Administración autonómica no se han interiorizado suficientemente los principios constitucionales que han de presidir todo ejercicio de la acción pública, en especial el de legalidad o sometimiento pleno a la ley y al derecho. Con más frecuencia de la debida, las instituciones públicas se apartan de los fines y de las reglas a las que deberían ajustar su actividad. Prevenir y atajar este tipo de situaciones constituye una especial responsabilidad de los funcionarios públicos.
Consideramos que ese “déficit constitucional” que presenta en la actualidad la Administración Pública aragonesa ha de afrontarse con diversas medidas. Una de ellas, la que incumbe al conjunto de los servidores públicos, es la de contribuir “desde dentro” a que la Administración sea la organización profesionalizada, madura, eficiente y respetuosa de las garantías jurídicas que nuestro ordenamiento constitucional exige. Los servidores públicos debemos promover e impulsar, con nuestro trabajo y actitud, todas aquellas medidas de mejora que permitan configurar una Administración valorada y respetada por el conjunto de los ciudadanos, receptiva a sus demanda, cuidadosa y exquisita con sus derechos.
La Administración es una organización de la que se dota una sociedad para atender, de forma objetiva, eficaz y eficiente, bajo la dirección política del Gobierno, los intereses generales. Debería ser un elemento primario y básico de una ética pública compartida por responsables políticos y servidores públicos que la Administración se ajuste al modelo que las normas establecen y que los ciudadanos demandan. Ese cambio de actitud que propugna la Asociación, con una permanente defensa de la legalidad y del respeto a los derechos de los ciudadanos, es lo que denominamos "giro ético". Se trata simplemente de que ser y deber ser se vayan aproximando cada día más, en lugar de distanciarse. Pretendemos, en suma, que la Administración sea una organización que se considere y se reconozca al servicio de los ciudadanos y de la democracia.
Julio Guiral Pelegrín, Manuel Diaz Muiña y Félix Gracia Romero, funcionarios y promotores de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa.
La ética es esta tensión hacia lo mejor -una actitud, una disposición-, y nunca un dogmatismo del que se cree en posesión de la verdad o de la virtud.
La necesidad de una ética pública en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón es apremiante, dada la degradación imparable en la que se encuentra nuestro actual entorno profesional, donde las opiniones se silencian, las leyes se desconocen y se intenta tejer, desde el poder político, una red creciente de complicidades y conveniencias, de comodidades y desistimientos, de autoengaños y de complacencias.
Desde este blog, herramienta de trabajo de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa y foro de discusión libre, queremos promover una reflexión colectiva sobre los compromisos ineludibles de cada funcionario público con la realización diaria del Estado de Derecho y con la prevención de todo fenómeno posible de corrupción política o administrativa.
Pero esta Asociación no se contenta, a diferencia de otras organizaciones, con ser un mero foro de debate teórico, sino que aspira a incidir en la realidad, con un rearme moral de los funcionarios y demás empleados públicos de la Administración autonómica, con una reivindicación práctica y cotidiana de los compromisos personales y colectivos con la legalidad y el interés general que requiere la condición de funcionario público y con una actitud de intransigencia frente a las diferentes manifestaciones de la corrupción pública o institucional.
Los funcionarios públicos, con nuestra profesionalidad y compromiso ético, debemos constituir el sistema inmunológico esencial de las instituciones públicas frente a toda tentación de abuso de poder o de patrimonialización ilegítima de lo público, sea quien sea quien la pretenda.
Este Grupo de Trabajo, gracias a la labor de todos sus integrantes y de los que deseen colaborar con el mismo, aspira a introducir en la Administración autonómica la variable de la exigencia ética –evitando que ésta quede reducida a un simple elemento más en la retórica de nuestros responsables políticos- y aspira a posibilitar que dicha exigencia vaya transformando paulatinamente la realidad que vivimos en la actualidad, en la que no es posible reconocer la Administración profesional, madura y presidida por principios democráticos y valores constitucionales a la que muchos aspiramos servir.
Bienvenidos, por lo tanto, a ese blog asociativo, desde el cual los funcionarios de Aragón nos abrimos a todos los que, en el mundo, muchos en situaciones más difíciles y precarias que nosotros, trabajan por la dignidad del servicio público y asumen riesgos personales frente a las tramas de la corrupción nacional e internacional.
En este momento en que iniciamos la andadura del Grupo de Trabajo de Etica Pública, desearía recuperar la idea original que animó la constitución de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa: el “giro ético”. Por ello, como primer texto para acompañar esta reflexión personal, me parecía oportuno reproducir el artículo publicado en la prensa aragonesa para exponer la necesidad de promover una Asociación como la que entre todos hemos hecho realidad en estos cuatro meses.
Félix Gracia
Coordinador del Grupo de Trabajo de Etica Pública.
GIRO ETICO EN LA ADMINISTRACION.
(Artículo publicado en Tribuna ajena de "Heraldo de Aragón el 23 de febrero de 2007)
Un colectivo de funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, reunidos en la sede del Colegio de Abogados de Zaragoza, hemos constituido la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa. Su objetivo principal es "la defensa y promoción de los valores, principios y normas que rigen el ejercicio de la función pública en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, con el fin de contribuir al correcto funcionamiento del Estado social y democrático de Derecho y del Estado autonómico que definen la Constitución española y el Estatuto de Autonomía de Aragón".
La Asociación pretende que la Administración cumpla la misión que constitucionalmente le corresponde: la defensa y satisfacción del interés general, el aseguramiento del Estado de Derecho y la plena realización de los derechos y libertades de los ciudadanos, contribuyendo a hacer cada día más eficientes nuestros servicios públicos y, con ello, más sólido nuestro sistema democrático y más fuerte la cohesión social sobre la que se sustenta.
¿Por qué una Asociación de este tipo y por qué en este momento? Tras casi 30 años de Constitución democrática en España y cerca de 25 años de Estatuto de Autonomía en Aragón, el peso adquirido por la Administración de la Comunidad Autónoma como prestadora de servicios esenciales para el bienestar de la población aragonesa es innegable. Cerca de cuarenta mil servidores públicos trabajan en sus diferentes Departamentos y Organismos, en las actividades más diversas. Sin embargo, y pese a la importancia que su buen funcionamiento tiene para la calidad de vida de todos los aragoneses, creemos que su situación y su futuro no constituyen ni una prioridad política ni una cuestión de preocupación ciudadana acorde con la incidencia que le corresponde en la vida colectiva y particular de los aragoneses.
Pensamos que en la Administración autonómica no se han interiorizado suficientemente los principios constitucionales que han de presidir todo ejercicio de la acción pública, en especial el de legalidad o sometimiento pleno a la ley y al derecho. Con más frecuencia de la debida, las instituciones públicas se apartan de los fines y de las reglas a las que deberían ajustar su actividad. Prevenir y atajar este tipo de situaciones constituye una especial responsabilidad de los funcionarios públicos.
Consideramos que ese “déficit constitucional” que presenta en la actualidad la Administración Pública aragonesa ha de afrontarse con diversas medidas. Una de ellas, la que incumbe al conjunto de los servidores públicos, es la de contribuir “desde dentro” a que la Administración sea la organización profesionalizada, madura, eficiente y respetuosa de las garantías jurídicas que nuestro ordenamiento constitucional exige. Los servidores públicos debemos promover e impulsar, con nuestro trabajo y actitud, todas aquellas medidas de mejora que permitan configurar una Administración valorada y respetada por el conjunto de los ciudadanos, receptiva a sus demanda, cuidadosa y exquisita con sus derechos.
La Administración es una organización de la que se dota una sociedad para atender, de forma objetiva, eficaz y eficiente, bajo la dirección política del Gobierno, los intereses generales. Debería ser un elemento primario y básico de una ética pública compartida por responsables políticos y servidores públicos que la Administración se ajuste al modelo que las normas establecen y que los ciudadanos demandan. Ese cambio de actitud que propugna la Asociación, con una permanente defensa de la legalidad y del respeto a los derechos de los ciudadanos, es lo que denominamos "giro ético". Se trata simplemente de que ser y deber ser se vayan aproximando cada día más, en lugar de distanciarse. Pretendemos, en suma, que la Administración sea una organización que se considere y se reconozca al servicio de los ciudadanos y de la democracia.
Julio Guiral Pelegrín, Manuel Diaz Muiña y Félix Gracia Romero, funcionarios y promotores de la Asociación para la Defensa de la Función Pública Aragonesa.
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